Poca gente es consciente de que el pasado día 3 de marzo de 2023, en Casablanca (Marruecos), se presentó la denominada Declaración de Casablanca, firmada por 100 expertos de 75 nacionalidades, en la que se pide a los Estados que se comprometan en la abolición universal de la maternidad subrogada.
Esta declaración es consecuencia de la preocupación por todos los daños que conlleva la creciente práctica de lo que se denomina “vientres de alquiler”, ya que, como indica el slogan de Asilomar: “No todo lo técnicamente posible es éticamente aceptable”.
Actualmente, en España, estamos viviendo un gran debate social ante este tema como consecuencia de la noticia de la nueva “nieta” de Ana Obregón, a la que ha esperado presentar a través de la exclusiva para una conocida revista del corazón. Sin embargo, son muchos los famosos, y no famosos, que han elegido esta vía para poder ejercer la maternidad o paternidad en cada caso, de forma que esta práctica, que es ilegal en España, se cuela gracias a la posibilidad de hacerlo en otros países, en diferentes condiciones y a precios también distintos, pero cuya paternidad es reconocida oficialmente en nuestro país, ya que el nacido tiene siempre una dignidad intrínseca, lo que no evita que sea una víctima de los deseos que se imponen por encima de la moral e incluso, como en este caso, de la cordura.
El proceso deja claramente dos víctimas: la madre gestante y/o la donante y el hijo, al que se le priva de raíces, porque ante la pregunta constante del hombre a lo largo de la historia de la humanidad de ¿quién somos? y ¿a dónde vamos?, se priva a estas nuevas personas, siempre dignas y reconocidas, de esos orígenes.
El nacimiento de una persona no puede tener nunca otro fin que el que tiene por sí mismo. Ninguna existencia humana puede tener un fin externo diferente a su propia persona, y menos una utilidad.
En este caso, la que ya sabemos es nieta de Ana Obregón, tendrá claro que ha nacido para un fin, cubrir la soledad de su madre e intentar sustituir el cariño del hijo que murió. Reconocemos el sufrimiento de Ana porque la muerte de un hijo joven es una situación muy dura, pero ese hijo es insustituible y para cubrir la soledad, como ella ha expresado cuando la recogió, comprarse un perro podría ser una opción, aunque yo me decantaría por el voluntariado. El nacimiento de una persona no puede tener nunca otro fin que el que tiene por sí mismo. Ninguna existencia humana puede tener un fin externo diferente a su propia persona, y menos una utilidad. Esta niña, como otros tantos, no ha nacido como consecuencia de la donación y entrega de amor entre dos personas, ni siquiera por el deseo de ella misma, sino para realizar una tarea, ha nacido para un fin concreto que es el de cubrir un vacío que nadie puede cubrir porque somos seres únicos. Ante el bebé medicamento, ahora tenemos el bebé de sustitución y el utilitarismo de mujeres y niños no deja duda alguna.
Además, la multiplicación de actores en este circo, que es muy serio, padre de alquiler, madre de alquiler, donante de óvulos, donante de esperma, y madre gestante, hace que la problemática también crezca, a la vez que disminuye la ética en el manejo y variedad de oferta en esta manipulación de la vida que ofrece una creciente variedad de opciones y posibilidades, de forma que estamos en un creciente proceso de deshumanización y valoración de la vida, que se ha convertido en una oferta a la carta.
La Declaración de Casablanca no es un patio de vecinos, como está pasando en la mayoría de los medios, sujetos a simples opiniones, sino que ha sido realizada por un comité de expertos: investigadores y profesionales, principalmente abogados, médicos y psicólogos, que llevan mucho tiempo trabajando sobre el tema de la maternidad subrogada y sus efectos sobre las personas y la sociedad.
La diferencia de legislaciones y la permisividad de ciertos países hacen que el alquiler de úteros se haya convertido en una fuente de ingresos para muchas mujeres, que incluso tienen familia pero que, a cambio de tener un sustento, dan su vientre y se someten a los caprichos y deseos de esos padres de alquiler, que van desde la imposición del tipo de comida y hábitos de la madre gestante, a la selección de rasgos y sexo. Por ello, hace tiempo que los expertos han llegado a la conclusión compartida de que la dimensión internacional de la maternidad subrogada exige una respuesta internacional, y que un Convenio internacional sería la única forma eficaz de lograr finalmente la abolición de la maternidad subrogada.
Convencidos de la necesidad de trabajar juntos y en colaboración sobre la manera de llevar a cabo dicha iniciativa internacional para proteger a las mujeres y a los niños del mercado mundial de la maternidad subrogada, decidieron redactar una propuesta de Convenio Internacional para la Abolición Universal de la Maternidad Subrogada. Sin embargo, en lugar de publicar este trabajo doctrinal en revistas especializadas, han pedido a sus colegas, expertos de todo el mundo, que llamen la atención y sobre todo el interés de los Estados sobre esta iniciativa cuyo objetivo es el mundo entero.
Los primeros firmantes son 100 expertos de 75 nacionalidades que piden a los Estados que:
- adopten medidas para luchar contra la maternidad subrogada en su territorio ; y
- se comprometan en un proceso internacional hacia la abolición universal de la maternidad subrogada.
Incluyeron como anexo, un proyecto de Convención internacional, a disposición de los Estados, esperando un compromiso por parte de ellos, que ojalá llegue pronto.
Declaración de CASABLANCA 2023 para la abolición mundial de la maternidad subrogada
Nosotros, firmantes de esta Declaración,
Somos conscientes de lo siguiente:
- Del sufrimiento de las personas que no pueden concebir.
- Del atractivo de las tecnologías de reproducción.
- De la problemática internacional de una protección eficaz de la dignidad humana.
Convencidos de que el contrato mediante el cual uno o varios mandantes acuerdan con una mujer que ésta geste uno o varios hijos con el fin de que sean entregados al nacer, independientemente del nombre y de las condiciones de dicho contrato, denominado a continuación gestación subrogada:
- viola la dignidad humana
- y contribuye a la mercantilización de las mujeres y los niños.
Solicitamos a los Estados la prohibición de la maternidad subrogada en todas sus modalidades y tipos, sea o no remunerada, y la aplicación de medidas para combatir dicha práctica.
Para ello, se realizan las siguientes recomendaciones a los Estados:
- Prohibir la gestación subrogada en su territorio,
- Negar todo valor jurídico a los contratos que lleven el compromiso de una mujer de gestar y dar a luz a un niño,
- Sancionar a las personas físicas y jurídicas que actúen como intermediarios**** entre las madres de alquiler** y los mandantes***,
- Perseguir judicialmente a las personas que recurran la maternidad subrogada en su territorio,
- Perseguir judicialmente a sus nacionales que recurran a la gestación subrogada fuera de su territorio,
- Y actuar a favor de la aplicación de un instrumento jurídico que prohíba globalmente la maternidad subrogada.
Se adjunta a esta Declaración un proyecto de Convenio internacional, libremente disponible para los Estados que deseen comprometerse en dicho proceso.
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* Gestación subrogada, maternidad subrogada, explotación reproductiva, utilización de un vientre de alquiler: Es el hecho de que uno o varios mandantes se pongan de acuerdo con una mujer para que ésta geste uno o varios niños con el fin de que nazcan, independientemente de que el acuerdo se haya celebrado directamente por ellos o a través de uno o varios terceros.
** Portadora gestacional, madre subrogada o sustituta: Mujer que se compromete, en beneficio de uno o varios mandantes, a gestar por cuenta de éstos uno o varios niños para entregárselos al nacer.
*** Mandante(s): Persona(s), también llamada(s) cliente(s) o padre(s) intencional(es), que se compromete(n) con una mujer a gestar por su cuenta uno o varios niños que les serán entregados al nacer.
**** Intermediarios a efectos de la gestación subrogada: Persona(s) física(s) o jurídica(s) que pone(n) en contacto a una mujer y a uno o varios mandantes para que ésta geste uno o varios niños y los entregue al nacer y/o medie entre la mujer y el o los mandantes a tal efecto.
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Anexo – Convenio internacional para la prohibición mundial de la maternidad subrogada
Los Estados firmantes del presente Convenio son conscientes de:
- el sufrimiento de las personas que no pueden concebir,
- del atractivo de las tecnologías de reproducción,
- y de la problemática internacional de una protección eficaz de la dignidad humana.
Convencidos de que el contrato por el que uno o varios mandantes acuerdan con una mujer que ésta geste uno o varios hijos para su entrega al nacer, cualquiera que sea el nombre y las condiciones de dicho contrato, denominado a continuación gestación subrogada:
- viola la dignidad humana,
- y contribuye a la mercantilización de las mujeres y los niños.
Denuncian la maternidad subrogada en cualquiera de sus modalidades y tipos, sea o no remunerada.
Se comprometen a luchar contra dicha práctica para proteger y preservar la dignidad humana y los derechos de las mujeres y los niños, mediante la aplicación de medidas eficaces, entre ellas:
- prohibiendo la maternidad subrogada en su territorio,
- negando todo valor jurídico al contrato que conlleva el compromiso de una mujer de gestar y dar a luz a un niño,
- sancionar a las personas físicas y jurídicas que actúen como intermediarios entre las madres de alquiler y los mandantes,
- perseguir judicialmente a las personas que recurran a la gestación subrogada en su territorio
- perseguir judicialmente a sus nacionales que recurran a la maternidad subrogada fuera de su territorio
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