El año 2019 comenzó con nuevas obligaciones fiscales, además de l asubida del salario mínimo interprofesional, nuevas deducciones en la Renta 2019 y el mantenimiento de citas esenciales en el calendario fiscal del autónomo.
Se recogen nuevos cambios de acuerdo a las reivindicaciones de este colectivo.
Aumento de las cuotas de cotización
La base de cotización de los autónomos aumenta en un 1,25%, pasando a pagar 5,36 euros más al mes de cuota. Esta subida es debido al aumento de las coberturas sociales, ya que uno de los nuevos beneficios es que se puede cobrar una prestación desde el primer día de baja en caso de accidente laboral o enfermedad profesional, sin tener que pagar la seguridad social durante el periodo que dure la baja.
De esta manera la base mínima de cotización del autónomo ha pasado de los 932,70 euros de 2018 a 944,40 euros. Estos incrementos dejan una subida de casi 5 euros mensuales, 53 euros anuales, en concepto de cuota de autónomos que se sitúa en 283,3 euros al mes en 2019. La base mínima de autónomos queda por debajo de los 1.050 euros mensuales de base de cotización fijada para los asalariados en 2019.
Este incremento es resultado de la subida también del tipo de cotización que aumenta del 29,8% al 30% incluyendo las prestaciones por contingencias profesionales, cese de actividad y formación que se añade a las contingencias comunes, hasta el pasado año, las únicas obligatorias en la cotización del autónomo.
Paro
Esta subida de las cotizaciones contempla también la prestación por desempleo, que si bien antes era una cuota voluntaria, ahora es obligatoria.
El límite máximo de percibir esta prestación pasa de 12 a 24 meses. En el caso de que el autónomo decida dejar su actividad, podrá cobrar la prestación por desempleo y seguir cotizando durante ese tiempo, como sucede con los trabajadores por cuenta ajena.Esta prestación dependerá del tiempo cotizado.
Para los nuevos autónomos
Si nunca has sido autónomo y decides empezar a serlo deberás pagar la cuota fija de 60 euros, que ya funcionaba así anteriormente, durante un año,y había sido ampliado ya a dos, con esta nueva ley, se mantiene fija por ese importe, mientras que antes crecía por tramos una vez finalizado el primer año.
Las personas con más de un 33% de discapacidad, en cuyo caso, en los cuatro años siguientes a la terminación de la tarifa plana, podrán obtener una reducción del 50% de la cuota de contingencias comunes.
Mujeres
Aquellas mujeres que tengan menos de 35 años podrán beneficiarse de la tarifa reducida durante los tres primeros años de trabajo por cuenta propia. En caso de haberte beneficiado de la tarifa plana anteriormente, deben transcurrir tres años antes de volver a pedirla.
El aumento del tipo de cotización se realizará de forma paulatina durante los próximos cuatro años. El tipo de cotización escalará hasta el 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en 2022. De esta manera se sufragará el coste de incluir el conjunto de coberturas sociales que hasta el momento, y según confirma el Estudio Nacional del Autónomo (ENA), un 76% de los autónomos ha desestimado incluir en su cotización acogiéndose a su todavía voluntariedad, voluntariedad que acaba en 2019.
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