El uso extenso de las redes sociales ha generado más concienciación sobre las repercusiones de la huella digital que dejamos en Internet cuando “colgamos” fotografías o publicamos depende qué comentarios. En el caso de imágenes de nuestros hijos, el cuidado a tener debe ser mucho mayor.
Las Leyes protegen más el derecho a la propia imagen de los menores de edad. Derecho que debe ser preservado por sus padres (o representante legal).
Por eso es importante recordar que, tras la ruptura de una pareja o matrimonio, la publicación de fotografías del hijo menor deberá tener el acuerdo previo de ambos progenitores, y recomendamos sea por escrito.
En caso de discrepancia sobre qué y cómo subir imágenes del hijo común en las redes sociales, o si un progenitor publica imágenes del niño sin el consentimiento del otro; el que esté en contra de las publicaciones, puede acudir al juez para solicitar la inmediata retirada de las fotos.
Cuando el hijo sea mayor de 14 años, la Ley de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, establece que éste deberá ser consultado antes de publicar material gráfico sobre él; para que pueda decidir si está de acuerdo o no. Si no da su autorización para la publicación de su imagen, ésta no podrá ser usada, por tratarse de una intromisión en sus derechos fundamentales, no autorizada, y, por lo tanto, ilegítima.
Las Leyes protegen más el derecho a la propia imagen de los menores de edad. Derecho que debe ser preservado por sus padres (o representante legal).
Cuando el hijo sea menor de 14 años, es recomendable pedir su opinión para saber cuál es su parecer en lo referente a determinadas publicaciones que afectan a su intimidad.
Los Tribunales están prohibiendo cada vez más, la publicación de fotografías y vídeos de menores de edad, en redes sociales. En ocasiones se establece que el que ha publicado la imagen del menor, pague una indemnización en favor del hijo, cuyos derechos ha vulnerado.
A continuación, os ofrecemos unos “tips” a tener en consideración si queremos publicar contenido sobre la vida de nuestros menores:
- No es recomendable crear una cuenta en nombre del menor, con publicaciones centradas en el día a día de éste. Lo mejor es publicar las imágenes y vídeos desde la cuenta del adulto y de forma casual.
- No debemos publicar nada que pueda desvelar hechos de la vida personal del menor, como, por ejemplo: a qué escuela va, dónde vive…
- El menor debe estar vestido en las fotografías y vídeos.
- Es recomendable pixelar la cara del niño antes de subir el contenido a las redes sociales. Existen varias aplicaciones fáciles de descargar y utilizar, como, por ejemplo: skitch, face pixelizer, video mosaico…
- En caso de enviar fotografías o vídeos, debemos asegurarnos de que el contenido no será reenviado.
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