El pasado mes de septiembre, el Parlamento Europeo aprobó una nueva legislación que ha generado un intenso debate ético en Bruselas. Esta norma equipara todas las «sustancias humanas», independientemente de que estas pudieran tener vida propia, como es el caso de un feto o un embrión, a elementos como uñas, pelo o saliva. Esta equiparación permitirá el uso de embriones para productos farmacéuticos y trasplantes, y establecerá un marco común en la UE para la donación de leche materna. Aunque el Consejo Europeo argumenta que el objetivo es «mejorar la seguridad y la calidad de la sangre, los tejidos y las células utilizadas en la asistencia sanitaria y facilitar la circulación transfronteriza de estas sustancias».
¿Qué significa SoHO?
El Reglamento sobre sustancias de origen humano (SoHO, por sus siglas en inglés) fortalece el marco legal ya existente y aumenta la flexibilidad para mantenerse al día con avances científicos y técnicos. Amplía su alcance para incluir la leche materna y la microbiota intestinal, y facilita la investigación con fetos y embriones humanos. Lógicamente, para la Comisión de las Conferencias Episcopales de la Unión Europea (COMECE), esto supone un atentado contra la dignidad humana. La legislación sustituirá las normas de seguridad y calidad establecidas en dos directivas para la sangre y sus componentes, y para tejidos y células.
¿Un Reglamento europeo con fallos?
A parte del dilema moral que ya supone, la normativa presenta fallos significativos en la protección de «embriones, tejidos y células fetales y células madre adultas y embrionarias», que se consideran como SoHO sin ninguna consideración particular.
En el párrafo 28 del Reglamento no se logra proteger la vida de los no nacidos, y carece de limitaciones reales al uso final de embriones y fetos. El mismo párrafo establece que la regulación «tampoco debería interferir con decisiones de carácter ético tomadas por los Estados miembros. Sin embargo, tales decisiones deberían adherirse a la Carta de derechos humanos. Estas decisiones éticas podrían concernir el uso, o la limitación del uso, de tipos específicos de SoHO, incluyendo SoHO reproductivo y células madre embrionarias.
Cuando un Estado miembro permite el uso de tales células, esta regulación debería aplicarse con el objetivo de asegurar la calidad y seguridad y de proteger la salud humana. Sin embargo, esta regulación no exige un uso, distribución o importación específicos de SoHO donde tal uso, distribución o importación esté prohibido bajo legislación nacional sobre aspectos éticos».
Lo peor de todo este reglamento es que los embriones han pasado de ser considerados «descendencia no nacida» a ser considerados «SoHO reproductivo, sustancias de origen humano sin más».
La Comisión de las Conferencias Episcopales de la Unión Europea expresó en un comunicado tras analizar los puntos más conflictivos de este reglamento: «Acogemos expresamente la necesidad general de esta regulación y su alineación subyacente con el principio de donación voluntaria y no remunerada de sustancias de origen humano, que se basa en el altruismo del donante y la solidaridad entre donante y receptor».
Algunos contenidos regulatorios esenciales de la propuesta de regulación son realmente preocupantes. La primera es la propia definición de «SoHO»: La definición dada en el proyecto de regulación es demasiado amplia.
En el Artículo 3 la definición no solo se refiere a células germinales no fertilizadas (esperma, oocitos y oocitos degenerados) en el campo de la medicina reproductiva, sino que también cubre embriones y fetos. Esto puede ser relevante, por ejemplo, para la extracción y uso de embriones y fetos fallecidos o eliminados, así como el uso alternativo de embriones supernumerarios producidos in vitro.
Llegamos al punto más conflictivo y es que el propio embrión humano también puede verse como una «preparación SoHO». Ya que el artículo tres define el término «procesamiento» a la fertilización. Esto es éticamente inaceptable. El embrión humano no es solo una sustancia de origen humano, está dotado de dignidad humana independiente.
¿Cómo se ha reaccionado ante esto?
La Comisión de las Conferencias Episcopales de la Unión Europea declaró: «Sugerimos aclarar en la regulación con certeza legal que ni los embriones, ni los fetos o tejidos fetales, independientemente de si han sido creados por concepción natural o por inseminación artificial para fines reproductivos u otros, están cubiertos por el término «SoHO» o «preparación SoHO» y que, por lo tanto, están excluidos del objeto de la regulación.»
Equiparar la vida en gestación a simples sustancias de laboratorio no solo deshumaniza a los no nacidos, sino que también plantea serios interrogantes sobre los valores y principios que deben guiar el progreso científico.
Por otra parte las instalaciones de SoHO estarán obligadas bajo el Artículo 58 de la regulación SoHO a excluir la transmisión de enfermedades genéticas, entre otras, a los receptores y descendientes. Y esto solo será posible mediante el análisis de embriones o fetos para detectar dichas enfermedades. Vemos el peligro de una selección de la vida humana que violaría la dignidad humana. Además, los Estados miembros han desarrollado legislaciones múltiples y complejas bajo las cuales es posible realizar pruebas adecuadas a la descendencia. Vemos el peligro de una colisión entre la ley de la UE y la ley de los Estados miembros. También es cuestionable cómo se equilibrará la compatibilidad de una posible obligación de pruebas genéticas con el derecho de autodeterminación del donante y receptor.
La aprobación de esta legislación por parte del Parlamento Europeo pone de manifiesto un profundo dilema ético y moral. Equiparar la vida en gestación a simples sustancias de laboratorio no solo deshumaniza a los no nacidos, sino que también plantea serios interrogantes sobre los valores y principios que deben guiar el progreso científico. La ciencia y la ética deben avanzar juntas, asegurando que el progreso no se logre a expensas de la dignidad humana. Es crucial que las normativas protejan la vida en todas sus etapas y respeten la dignidad intrínseca de cada ser humano. En última instancia, la verdadera medida de nuestra humanidad radica en cómo protegemos y valoramos la vida en todas sus etapas, garantizando que el avance científico no se realice a costa de nuestros principios más fundamentales.
Todavía existe la posibilidad de que los Estados miembros establezcan normas legales diferentes basadas en decisiones éticas para que la regulación de la UE no tenga efecto en estos casos en la ley nacional. Esto será necesario para anclar establecer las políticas y directrices legales nacionales en torno a decisiones de valor ético de manera legalmente segura.
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