No podemos obviar que la labor del potente movimiento Pro-Vida de los EEUU a contribuido a la revocación del fallo en el caso Roe vs. Wade en este país, sentencia que, en 1973, invalidó leyes las estatales que prohibían el aborto, legalizándolo de esta manera y posibilitándolo a demanda en toda la nación y obligando a todos los Estados a garantizarlo como “derecho constitucional de la mujer”, gracias a una interpretación defectuosa de la Decimocuarta Enmienda a la Constitución. Esta decisión se reafirmó en el caso Planned Parenthood vs. Casey (1992) que impedía a los Estados prohibir el aborto antes de la viabilidad fetal fijada en 24 semanas. Y hoy celebramos que la revocación de ambas sentencias es ya una realidad.
Si el 22 de enero de 1973, día en que se hizo público el siniestro fallo histórico en Roe vs. Wade, quedó grabado como una triste fecha para los defensores del derecho a la vida en los EEUU, el 24 de junio de 2022 queda para la historia como el día luminoso en que se corrigió dicho fallo. La sentencia de la Corte Suprema retira el valor constitucional al denominado «derecho al aborto» y remite la regulación a los Estados de la Unión, que en una mayoría ya disponen o están en camino de aplicar leyes que lo prohíben o limitan.
Esta victoria en EEUU es fruto de un largo combate contra el aborto en la sociedad con su potente movimiento Pro-Vida y en las instituciones de la mano del Partido Republicano, incluidos los presidentes del país. Y finalmente ha sido posible por la decisión del presidente Donald Trump de proponer tres jueces con mayoría suficiente en el Senado para ser refrendados. Los escogió entre magistrados considerados «originalistas», es decir, inclinados a interpretar la Constitución según su sentido original, que han restablecido la verdad constitucional.
Mientras tanto en España esperamos una sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley vigente desde hace 12 años, que declare si se puede considerar legal la conversión de una regulación del aborto con causas de despenalización a un derecho, algo que su jurisprudencia no contempla.
Una Ley de Misisipi restrictiva del aborto, caso Dobbs, acaba con Roe vs. Wade
El caso Roe contra Wade o Roe vs. Wade, como es bien conocido, es el nombre del caso judicial por el cual la Corte Suprema dictaminó que la Constitución protegía el derecho a abortar de la mujer en base a la Decimocuarta Enmienda, con una interpretación que se ha confirmado errónea. La sentencia fue criticada desde la comunidad jurídica, reconfiguró la política y polarizó al país.
Pues bien en 2022, otro caso, el de Dobbs vs. Jackson Women’s Health Organization (Thomas Dobbs, del Departamento de Salud de Misisipi contra la clínica abortiva WHO de Jackson, que demandó al Estado por una ley restrictiva del aborto), ha supuesto el final de Roe, cuya sentencia ha llegado a ser calificada de ‘basura jurídica y criminal’, pues no se basó en ningún principio jurídico digno de ese nombre, y criminal porque ha costado la vida a 62 millones de bebés por nacer estadounidenses por aborto legal.
A la Corte Suprema han arribado a lo largo de los años apelaciones de congresistas y senadores que cuestionaban jurídicamente la sentencia y leyes estatales restrictivas del aborto recurridas; y finalmente la decisión de revocarla ha llegado en el caso sobre la constitucionalidad de una ley de Misisipi de 2018. La decisión de la Corte ha supuesto el fin del precedente legal a favor del aborto como “derecho”, que ha dominado la legislación estadounidense durante cuarenta y nueve años.
El caso sobre la constitucionalidad de esta ley de Misisipi llegó al Tribunal Supremo al haberse bloqueado su aplicación por los tribunales inferiores con medidas cautelares en base a la sentencia del caso Planned Parenthood vs. Casey, que como se ha dicho impedía a los Estados prohibir el aborto antes de la viabilidad fetal fijada en las 24 semanas. La sentencia del alto tribunal de 24 de junio de 2022 ha considerado constitucional esta ley y ha anulado los fallos en Roe y Casey, con consecuencias trascendentales.
Los magistrados de la Corte Suprema que han revocado la sentencia sobre Roe vs. Wade y Planned Parenthood vs. Casey
La composición hoy de la Corte Suprema con mayoría de jueces de largo plazo conservadores u originalistas – de aplicación originaria de la Constitución –, seis de los nueve que lo componen, lo ha hecho posible.
La sentencia sobre el caso Dobbs concluyó con el fallo histórico en el que la Corte Suprema establece que la Constitución no incluye ningún derecho al aborto, anulando los fallos en los casos Roe (1973) y Casey (1992).
La sentencia obtuvo 5 votos favorables, un voto particular y 3 contrarios. Los magistrados del histórico fallo aparecen en la fila superior de la imagen y son de izq. a dcha.: Samuel Alito, Clarence Thomas y John Roberts, presidente del TS, (propuestos por el presidente George W. Bush) y Brett Kavanaugh, Neil Gorsuch y Amy Coney Barrett, designados por el presidente Donald Trump.
El ponente de la sentencia fue Samuel Alito, que obtuvo el voto favorable de Thomas, Kavanaugh, Gorsuch y Coney Barret. El presidente Roberts la apoyó con un voto particular, estuvo de acuerdo en la constitucionalidad de la ley de Misisipi, pero no en anular Roe totalmente.
En contra de la sentencia votaron Stephen Breyer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan, el primero propuesto por Bill Clinton y los otros dos por Barack Obama.
La filtración de la sentencia por el periódico Politico el 2 de mayo de 2022, algo insólito en la historia del tribunal, fue un claro intento de presión sobre los jueces, y además supuso el acoso a los considerados conservadores, asediados en sus domicilios e incluso hubo un intento contra la vida del juez Kavanaugh.
La composición de mayoría originalista de la Corte Suprema creó la expectativa de que el caso Dobbs pudiera ser un vehículo potencial para afrontar Roe y Casey. Así más de veinte Estados tenían preparada su legislación, incluyendo trece con leyes de activación inmediata, para prohibir o regular estrictamente el aborto si se anulaba los dos casos.Dobbs ya había generado mucha atención a raíz de las batallas legales sobre la ‘Ley de latidos del corazón de Texas’ (prohíbe el aborto después de la detección de actividad cardíaca embrionaria o fetal, sobre las seis semanas de embarazo), que entró en vigor el 1 de septiembre de 2021 después de que la Corte rechazase una reclamación de las empresas abortivas de Texas. Por primera vez un Estado imponía con éxito una prohibición de aborto de seis semanas desde Roe y era la primera restricción que se garantiza por los particulares, mediante demandas civiles (se autoriza a demandar a personas que realicen o faciliten un aborto ilegal con un mínimo de 10.000$). Con este antecedente hubo un récord de presentaciones al tribunal de amicus curiae (aportaciones jurídicas y otras) en Dobbs.
Los argumentos orales ante el Tribunal Supremo se celebraron en diciembre de 2021, y el fallo se emitió el 24 de junio de 2022. Con una votación de 6-3 se anulaba las sentencias de tribunales inferiores en el caso Dobbs y se anulaba por 5-4 Roe y Casey. La opinión mayoritaria afirmaba que el aborto no es un derecho constitucional y que correspondía a los Estados regular el aborto.
La sentencia de la Corte Suprema de EE.UU. establece que la Decimocuarta Enmienda a la Constitución no confiere el derecho al aborto y devuelve la regulación del aborto a los Estados individuales de la Unión
En la sentencia de 24 de junio de 2022 la Corte Suprema de los EE.UU. ha rectificado lo que califica como un grave error de la sentencia Roe vs. Wade de 1973, caso de la demanda de Norma McCorvey («Roe») para abortar a su tercer hijo en Texas donde el aborto era ilegal excepto para salvar la vida de la madre, y que tras diversas apelaciones llegó a la Corte que dictaminó el 22 de enero de 1973.
Las razones de la Corte Suprema
- La Corte Suprema de los EE.UU. precisa que el derecho a abortar no se encuentra arraigado en la historia y la tradición legal del país, y no es un componente esencial de la ‘libertad ordenada’ propia de la Nación, y afirma que las indagaciones históricas son esenciales cada vez que se solicita a la Corte que reconozca un nuevo componente de la ‘libertad’ protegida por la ‘Cláusula del Debido Proceso’ (garantiza que ninguna persona será privada de “vida, libertad, o propiedad sin el debido proceso de la ley”).
- La Decimocuarta Enmienda a la Constitución, que es la que regula los derechos civiles– libertad, igualdad, principio de legalidad y derecho a la vida –, no incluye el derecho a abortar. Guiada por la historia y la tradición, componentes esenciales del concepto de ‘libertad ordenada’ propia del país, la Corte encuentra que la Decimocuarta Enmienda claramente no protege ese derecho. Hasta la última parte del siglo XX, hasta unos años antes de Roe, no había respaldo en la ley estadounidense para un derecho constitucional a obtener un aborto, ningún tribunal federal o estatal lo había reconocido. Tampoco ningún tratado académico. De hecho, el aborto había sido durante mucho tiempo un delito en todos los Estados.
- Cuando se adoptó la Decimocuarta Enmienda, tres cuartas partes de los Estados habían tipificado el aborto como delito en cualquier etapa del embarazo. Este consenso perduró hasta la decisión sobre Roe, en la que se ignoró o tergiversó la historia, y luego Casey se negó a reconsiderar su análisis histórico defectuoso.
- En definitiva, el aborto no es un derecho contemplado en la Constitución de los E.UU. Y por más que existan muchas presiones para ensanchar el concepto de ‘libertad’ y el contenido de la enmienda Decimocuarta, la Corte se muestra contraria a reconocer derechos no contemplados en la Constitución.
- Al no poder argumentar que el derecho al aborto tiene raíces legales, los partidarios de Roey Casey sostienen que ese derecho es parte de un derecho arraigado más amplio: Roe lo llamó “derecho a la privacidad”, y Casey la libertad de hacer “opciones íntimas y personales centrales para la dignidad personal y la autonomía”. Pero la ‘libertad ordenada’, dice la Corte, establece límites y define la frontera entre intereses contrapuestos.
- En ese sentido, la Corte analiza si el derecho a obtener un aborto es parte de un derecho arraigado más amplio respaldado por otros precedentes, y concluye que el derecho a obtener un aborto no puede justificarse como un componente de tal derecho. Los intentos de justificarlo apelando a un derecho más amplio a la autonomía y a definir el propio “concepto de existencia” resultan demasiado. Esos criterios, en un alto nivel de generalidad, podrían autorizar como derechos fundamentales el uso de drogas ilícitas, la prostitución y similares.
- La Corte señala que lo que distingue nítidamente el derecho al aborto de los derechos señalados en los casos Roey Casey (privacidad, concepto de existencia) es que el aborto es diferente porque destruye lo que la Ley del Estado de Misisipi que ha dado lugar a esta nueva sentencia, denomina ‘un ser humano no nato’ –«unborn human being»–, separándose del concepto de vida potencial –«potencial life»–, utilizado en la sentencia de 1973, hoy revocada. El aborto provocado no tiene acogida en el derecho constitucional federal de los EE.UU.
- En cuanto a la doctrina del stare decisis(estar a lo decidido o mantener decisiones precedentes), la Corte señala que no implica la aceptación de Roe y Casey. Stare decisis juega un papel importante y protege los intereses de quienes han tomado medidas basándose en una decisión pasada, pero no es una orden inexorable. Algunas de las decisiones constitucionales más importantes de la Corte anularon precedentes injustos antes, el anterior a Roe, fue el 17 de mayo de 1954, en el caso Brown vs. Board of Education of Topeka, Kansas, cuando dictaminó que las leyes estatales de EE.UU. que establecían la segregación racial en las escuelas públicas y las instalaciones educativas eran inconstitucionales, revirtiendo su decisión de 1896 en Plessy vs. Ferguson, que había confirmado las leyes de segregación existentes.
- Dice la Corte que como en la infame decisión en Plessy vs. Ferguson,Roe también se equivocó atrozmente y colisionó con la Constitución desde el día en que se decidió, y Casey perpetuó sus errores.
Con esta sentencia se vuelve a los históricos criterios del derecho norteamericano hasta 1973. Se establece que la Constitución de los EE.UU. no confiere un “derecho al aborto» y se anula la errónea de sentencia Roe v. Wade después de 49 años. El poder de legislar sobre la materia vuelve a los Estados individuales, y ganada esta batalla el combate por la vida continúa.
La sentencia ya salva vidas. Leyes de los Estados individuales están ilegalizando o restringen el aborto y hay una retirada en estos de las clínicas abortivas.
La sentencia un gran impulso a los derechos civiles
Con su fallo la Corte Suprema al situarse con los no nacidos da un gran impulso al movimiento de los derechos civiles, en el que cabe ubicar al movimiento ProVida.
La Corte Suprema de la democracia más representativa del mundo ha determinado que la Constitución de los EE.UU. no incluye ningún «derecho» a poner fin a la vida de un ser humano no nacido. Al hacerlo, la Corte ha dado un impulso a los derechos civiles tan importante como lo dio en el caso Brown vs. Board of Education of Topeka (1954), que contribuyó a superar la segregación racial. Esa decisión, que produjo un gran impacto y fuertes reacciones contrarias en una parte del país, al igual que sucede ahora, fue una gran victoria para el movimiento de derechos civiles respecto a la igualdad, allanó el camino para la integración y es un referente en la situación actual.
Con su fallo la Corte Suprema al situarse con los no nacidos da un gran impulso al movimiento de los derechos civiles, en el que cabe ubicar al movimiento ProVida.
- Celebramos por lo tanto hoy como una gran victoria de los derechos civiles, en este caso del derecho a la vida de los niños por nacer, la sentencia en Dobbs con la que la Corte efectivamente ha enterrado los graves errores de interpretación constitucional cometidos en los casos Roe y Casey. En el primero de los cuales inventó un espurio “derecho al aborto” y lo reafirmó en el segundo. Ahora la Corte ha anulado ambos casos.
- Habrá que reflexionar con tiempo sobre las implicaciones políticas, culturales y sociales de la decisión, y hacer balance de las legislaciones en los Estado individuales, pero hoy es el momento de celebrarla y reconocer y homenajear a los combatientes por la causa del derecho a la vida de los niños por nacer, que se negaron a aceptar que el debate sobre el aborto estaba acabado y lucharon por la verdad contra inmensas presiones culturales y políticas.
La derogación de Roe promesa cumplida del expresidente Donald Trump
Trump tuvo la oportunidad durante su mandato de nombrar tres jueces para el Tribunal Supremo y al elegir magistrados originalistas aseguró una mayoría que ha propiciado la histórica sentencia.
La labor del potente movimiento ProVida estadounidense ha forjado una nueva generación ProLife y post-Roe
Este movimiento ha ejercido una influencia social y política esencial para restaurar el derecho a la vida del niño por nacer e impulsar una cultura de vida.
Siendo la histórica sentencia mérito de los jueces de la Corte Suprema, personas valientes que han resistido toda presión, y de los presidentes que los nombraron, tras ellos aparece el gran movimiento ProVida estadounidense que ha combatido de modo unido, coherente y perseverante por la causa de la vida durante casi cincuenta años, y que debe ser reconocido como parte del movimiento de los derechos civiles.
El movimiento ProVida en EE.UU. integrado por numerosas asociaciones y en el que participan activamente líderes políticos republicanos y líderes religiosos, está bien organizado y financiado y es efectivo, así entre 2012 – 2015 contribuyó a aprobar 230 leyes restrictivas del aborto. Está activo todo el año, cada organización o grupo con sus objetivos concretos, se realizan marchas en cada Estado, y la gran movilización del mes de enero en Washington tiene un gran impacto al expresar su unidad y manifestar su fuerza.
El movimiento ha sido decisivo en sostener una conciencia social provida durante casi cincuenta años, ha ejercido una influencia social y política esencial en defensa del derecho a la vida del niño por nacer e impulsando una cultura de vida, especialmente entre los jóvenes, y hoy ya hay una nueva generación estadounidense que se reclama ProLife y post-Roe.
Los pioneros que crearon y articularon el movimiento provida en EE.UU. con los católicos Nellie Gray y los Caballeros de Colón a la cabeza entendieron la importancia de la educación y de sostener una conciencia social en favor del derecho a la vida del nasciturus, y sus logros en estos objetivos son evidentes, ha tenido un gran efecto en especial en las nuevas generaciones, y las impresionantes Marchas así lo demuestran.
La movilización persistente ha influido en la sociedad pero también ha impulsado iniciativas en la política con leyes protectoras del niño por nacer. Su labor ha incluido ayudar a las mujeres en crisis y crear miles de centros de embarazo y maternidad en todo el país para ayudarlas.
Jeanne Mancini, líder de ‘March for Life‘ y de la Marcha Nacional, con el apoyo incansable de los Caballeros de Colón, ha continuado la labor de Nellie Gray, su fundadora, fallecida en 2012, y ha hecho que la Marcha anual sea más grande, más poderosa y cada vez más insistente en que el movimiento ProVida es un movimiento de mujeres. En su declaración sobre la sentencia del Tribunal Supremo, Mancini dijo: «Estamos muy agradecidos a las innumerables personas ProVida de buena voluntad que contribuyeron y se sacrificaron para hacer posible el día de hoy, incluidos los millones de personas que han marchado por la vida a lo largo de los años, y reconocemos que esto es solo el comienzo de nuestra labor de promover políticas que protejan la vida. Seguiremos marchando hasta que el aborto sea impensable porque la igualdad empieza en el útero».
Patrick Kelly, caballero supremo de los Caballeros de Colón, en nombre de los dos millones de miembros y sus familias, ha declarado que el fallo de la Corte Suprema «es uno de los avances más significativos en derechos humanos en la historia de nuestra nación». Ha recordado que los Caballeros iniciaron junto a Nellie Gray el movimiento ProVida organizando la primera Marcha en Washington por la revocación de Roe en 1974 y su trabajo incansable por ello duranta cuarenta y nueve años, reafirman su compromiso por el derecho a la vida y reclaman leyes que protejan tanto a la madre como a los niños por nacer.
La Iglesia Católica ha sido un pilar del movimiento ProVida, y los seis jueces del histórico fallo en Dobbs, son católicos.En la declaración del pasado 24 de junio del presidente de la Conferencia Episcopal, Mons. José Horacio Gómez y el presidente de la Comisión Episcopal para la Vida, Mons. William E. Lori, se realiza una buena síntesis del combate que se ha librado.
Los obispos de EEUU han mostrado su satisfacción por la sentencia de la Corte Suprema que anula la consideración del aborto como derecho constitucional y en su Declaración han manifestado:
“Este es un día histórico en la vida de nuestro país.(..) Durante casi cincuenta años, EE.UU. ha aplicado una ley injusta que ha permitido que algunos decidieran si otros podían vivir o morir; esta política ha dado lugar a la muerte de decenas de millones de niños prematuros, generaciones a las que se les negó el derecho incluso a nacer.(…) Estados Unidos se fundó sobre la verdad de que todos los hombres y mujeres son creados iguales, con derechos dados por Dios a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Esta verdad fue gravemente negada por la sentencia de la Corte Suprema en el caso Roe vs. Wade, que legalizó y normalizó la eliminación de vidas humanas inocentes. Hoy damos gracias a Dios porque la Corte ha anulado esa decisión. (..). La decisión de hoy es también el fruto de las oraciones, los sacrificios y la defensa de innumerables estadounidenses de a pie de todos los ámbitos de la vida. Durante estos largos años, millones de nuestros conciudadanos han colaborado pacíficamente para educar y persuadir sobre la injusticia del aborto, para ofrecer atención y asesoramiento a las mujeres, y para trabajar en favor de alternativas al aborto, como la adopción, la acogida y las políticas públicas que apoyen verdaderamente a las familias. Hoy compartimos su alegría y les estamos agradecidos. Su trabajo por la causa de la vida refleja todo lo bueno de nuestra democracia, y el movimiento provida merece figurar entre los grandes movimientos por el cambio social y los derechos civiles de la historia de nuestra nación”.
Y ahora ¿Cuál será el camino tras la meta alcanzada de la revocación de Roe del movimiento ProVida estadounidense? El debate se traslada a las legislaciones estatales, pero sobre todo, el triunfo de los derechos civiles del 24 de junio de 2022 ayudará a despejar el terreno sobre el cual puede continuar el arduo trabajo de reconstruir una cultura de la vida en el conjunto de la sociedad. El ruido y la furia de hoy serán historia como lo fue la reacción en el caso citado determinante en superar la segregación racial.
La sentencia de la Corte Suprema de EE.UU. tiene un alcance histórico universal
La sentencia de la Corte Suprema, anulando la sentencia del caso Roe, que establecía el aborto como un derecho constitucional, tiene una dimensión histórica que va más allá de los EEUU.
La sentencia sobre Roe vs. Wade es una gran victoria legal del derecho a la vida de los niños por nacer, al anularse el “derecho al aborto” que lo conculcaba en los EE.UU. Pero este hecho tiene una trascendencia mundial al tratarse de la democracia más representativa y el país de mayor influencia cultural y política. Sin embargo, no hay que olvidar que dos países europeos, Hungría y Polonia, han restaurado antes el derecho a la vida con mayorías políticas conservadoras, con líderes como Viktor Orbán (HU) y los hermanos Lech (†) y Jarosław Kaczyński (PL), y que por ello sufren los embates de las instituciones de la Unión Europea, dominadas por la doctrina de la «corrección política», que incorpora los “dogmas” ideológicos de la revolución marxista: aborto, género, “matrimonio” homosexual, eutanasia. Así el Parlamento Europeo en una intromisión intolerable se ha apresurado en una Resolución del 7 de julio a condenar la sentencia del Tribunal americano y a reclamar que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea incluya el derecho al aborto.
La sentencia de la Corte Suprema, anulando la sentencia del caso Roe, que establecía el aborto como un derecho constitucional, tiene una dimensión histórica que va más allá de los EE.UU.
El supuesto “derecho al aborto” es una bandera ideológica principal del progresismo, y así se constata con las airadas reacciones de sus principales líderes en el país, encabezados por el propio presidente Biden, que no acata la decisión de la Corte Suprema y en respuesta ha firmado una ‘Orden Ejecutiva’ para apoyar el acceso al aborto en todos los Estados, una medida sin impacto real pero su partido, el demócrata, espera poder aprobar tras las elecciones legislativas de noviembre una ley que autorice el aborto hasta el nacimiento, sin embargo la popularidad de Biden está en su punto más bajo. Mientras tanto, continúa su silencio cómplice sobre los ataques a iglesias católicas y centros provida y sobre las amenazas a jueces conservadores. A ello hay que sumar las reacciones indignadas de dirigentes de la izquierda internacional. EE.UU., que durante cincuenta años ha sido considerado el referente de los derechos civiles y el país que marcaba la pauta de la historia, ahora es acusado de haber dado un gran salto atrás.
Con la sentencia del Tribunal Supremo, como ha señalado el historiador italiano Roberto de Mattei, EEUU. demuestra que es un país aún vivo y capaz de dar un giro destinado a alterar el rumbo de la historia contemporánea. Con esta sentencia ha caído el mito de la irreversibilidad de las conquistas de la revolución neomarxista que comprende el aborto, la eutanasia, el “matrimonio” homosexual y la ideología de género. Y cabe esperar que la historia irá pasando página y acabando con cada una de ellas, como sucedió en 1989 con la caída del Muro de Berlín.
En conclusión, hay que destacar que la victoria legal obtenida en defensa del derecho a la vida de los niños por nacer, constituye un referente y es una gran lección para todos cuantos estamos comprometidos con este derecho fundamental, que muestra que el curso de la historia no es ineluctable, que las cosas pueden cambiar a mejor donde se está decidido a luchar por la verdad y la dignidad del hombre sin concesiones.
Publicado en FORO21
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